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Proyecto de Renovación y Mantenimiento de Maquinaria Para Uso Agrícola

Fortalecer el fomento y desarrollo agropecuario en el Estado de Tlaxcala mediante la instrumentación de acciones de coordinación, supervisión y control que permitan impulsar la productividad del sector, a través de la renovación y mantenimiento de maquinaria agrícola, con el objetivo de reducir los costos de operación, prolongar la vida útil de los equipos y maximizar su rendimiento, contribuyendo así al desarrollo rural integral, la generación de empleos, el uso óptimo de la tierra y el bienestar social de la población campesina, en apego al marco jurídico aplicable y a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2025.

IV. CARACTERÍSTICAS DEL APOYO.

 

ARTÍCULO 39. Los conceptos de subsidio del proyecto se definen de la siguiente manera:

Fracc. I.- Discos de implementos agrícolas.

A).- Para cada disco de rastra el monto de subsidio será del 70% del costo comercial, siempre que este no exceda $1,600.00 (mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) o hasta $1,120.00 (mil ciento veinte pesos 00/100 M.N.) por disco.

El monto máximo de subsidio para disco de rastra será de hasta  $31,360.00 (treinta y un mil trescientos sesenta pesos 00/100 M.N.) por persona física.

Fracc. II.- Discos para arado

A).- El subsidio será del 70% del costo comercial, siempre que este no exceda los $2,200.00 (dos mil doscientos pesos 00/100 M.N.) o hasta $1,540.00 (mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) por disco.

El monto máximo de subsidio para disco de arado es hasta $6,160.00 (seis mil ciento sesenta pesos 00/100 M.N.), por persona física.

Fracc. III.- Llantas para tractor agrícola.

A).- Para cada llanta trasera el subsidio será del 60% del costo comercial, si este no excede los $16,000.00 (dieciséis mil pesos 00/100 M.N.), o hasta $9,600.00 (nueve mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), por llanta.

B).- Por cada llanta delantera en tractores de doble tracción el subsidio será del 60% del costo comercial, si este no excede los $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.) o hasta $4,800.00 (cuatro mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), por llanta.

El  monto máximo será de hasta $28,800.00 (veintiocho mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), por persona física para tractores de doble tracción (adquiriendo las 4 llantas).

C).- Por llanta delantera para tractores de tracción sencilla el subsidio será el 60% del costo comercial, si este no excede los $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.), o hasta $1,800.00 (mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), por llanta.

El monto máximo será de hasta $22,800.00 (veintidós mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), por persona fisica para tractores de tracción sencilla (adquiriendo las 4 llantas).

Fracc. IV.- Puntas con rejas o aletones integrados para subsuelo agrícola:

El subsidio será del 70% de costo comercial, si este no supera los $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.), o hasta $3,500.00 (tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por unidad, con un máximo de hasta $24,500.00 (veinticuatro mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por persona física.

V.- Mantenimiento de motor y/o transmisión y/o sistema hidráulico de tractores agrícola.

 

El subsidio será del 50% del costo comercial, si este no excede los $80,000.00 (ochenta mil pesos 00/100 M.N.), o hasta $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), como tope máximo. Cada productor podrá ser beneficiario de un solo concepto.

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Requisitos:

  1. Firmar el formato de solicitud de subsidio emitido por la SIA.

  2. Presentar copia a color de la credencial para votar (INE) vigente, ampliada al 200%.

  3. Presentar copia de un comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses respecto a la fecha de solicitud o, en su caso, constancia de radicación original emitida por el secretario del ayuntamiento o presidente de comunidad.

  4. Presentar copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) en formato actualizado.

  5. En caso de solicitar llantas para tractor agrícola, presentar original y copia de la factura del tractor para su cotejo y posterior devolución. En caso de no contar con la factura, se deberá presentar acta notarial que acredite la propiedad.

  6. En caso de solicitar discos agrícolas, presentar original y copia de la factura de la rastra y/o arado para su cotejo y posterior devolución.

  7. En caso de solicitar puntas con reja o aletones integrados para subsuelo agrícola, presentar original y copia de la factura correspondiente para su cotejo y posterior devolución.

  8. En caso de solicitar mantenimiento del motor y/o transmisión y/o sistema hidráulico, presentar original y copia de la factura del tractor para su cotejo y posterior devolución.

  9. Para las personas solicitantes de mantenimiento del motor y/o transmisión y/o sistema hidráulico, presentar opinión de cumplimiento positiva en materia de obligaciones fiscales conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. En caso contrario, no procederá la solicitud.

  10. En caso de no contar con la factura del implemento agrícola (rastra, arado o subsuelo), se podrá presentar constancia de posesión emitida por la autoridad correspondiente (presidente municipal, secretario del ayuntamiento, presidente de comunidad o comisariado ejidal). Esta constancia deberá describir las características del implemento, incluyendo:

    Para rastras o arado: tipo, color, número y medida de discos, si son dentados o lisos, marca y número de serie (en caso de contar con placa).

    Para implemento de subsuelo agrícola: características generales, color, número de puntas, placa con número de serie (si cuenta con ella) y marca.

  11. Presentar cotización con las características de las piezas a renovar. En caso de mantenimiento de motor y/o transmisión y/o sistema hidráulico para tractor agrícola, deberá presentar cotización detallada que incluya todas las refacciones necesarias del paquete completo, así como la mano de obra especializada por concepto.

  12. Presentar escrito con las especificaciones de lo solicitado.

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